Polémica
Tras debates y con una gran polémica, el Distrito Federal arrancó con dos nuevas leyes: Ley de Protección a la Salud de los no Fumadores y Ley de Voluntad Anticipada.
La primera, la de los no fumadores en lugares públicos arrancó el pasado 7 de abril con una lluvia de amparos y temor a perder clientela por parte de negocios; mientras que la segunda, la del 'bien morir' o eutanasia para algunos entró en vigor este 4 de abril.
la Ley de Protección a la Salud de los no Fumadores en el Distrito Federal, que prohíbe fumar en sitios públicos cerrados e impone multas económicas, arrestos y clausuras.
Como dice el dicho: de acuerdo al sapo es la pedrada, de ahí que la sanción económica para los fumadores o responsables del lugar donde no se respete esa ley será de 10 a 100 salarios mínimos, dependiendo de la gravedad de la infracción y las condiciones económicas del infractor, multa que establecerá un juez cívico.
En caso de reincidencia se sancionará con un arresto de hasta 36 horas a quien insista en no acatar la nueva ley, que también establece multas que podrían llegar a la suspensión temporal del servicio y a la clausura definitiva.
Para la defensa de los fumadores, el reglamento establece que las personas físicas o morales sancionadas por infringir la ley, podrán impugnar a través de los recursos previstos en las leyes locales de Establecimientos Mercantiles y de Cultura Cívica.
La ley antitabaco que sustenta como uno de sus principales objetivos la protección de los efectos nocivos que provoca inhalar el humo de tabaco establece la prohibición de fumar en sitios públicos cerrados como restaurantes, bares, estéticas, hospitales, instalaciones deportivas, teatros, cines y elevadores, entre otros.
Terra/Notimex
