América Latina 

En Ecuador, la naturaleza tiene derechos inalienables

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Redacción BBC Mundo
Desde ciertos sectores se asegura que, si bien la idea de otorgar derechos a la naturaleza es bienintencionada, va a ser muy difícil de llevar a la práctica.
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Los procesos innovadores parecen en la práctica difíciles pero al haber voluntad política y claridad en lo que se quiere lograr, el asunto va a ir fluyendo.

Ahora tenemos que construir la jurisprudencia adecuada para que la naturaleza pueda ser sujeto de derechos y no quede sólo en un discurso lírico.

Si bien somos el primer país que establece en el mundo que la naturaleza tiene derechos, en Alemania se introdujo una reforma constitucional a través de la cual se dio derechos a los animales.

En el mundo no estamos solos, sino que poco a poco se va gestando una conciencia de que sin naturaleza respetada no hay vida del ser humano asegurada.

La inclusión en la Constitución de la protección del medio natural no ha estado exenta de polémica. Algunos grupos lamentan que no se haya recogido la necesidad de obtener el consentimiento expreso de las comunidades afectadas antes de iniciar un proceso de explotación de recursos naturales.

El tema del consentimiento expreso de las comunidades efectivamente fue uno de los más debatidos y complejos, no sólo en la Asamblea, sino también en Acuerdo País, el movimiento del gobierno.

No se pudo conseguir su aprobación, aunque hay la posibilidad de que se lleve a cabo una consulta previa.

Ello tiene una gran ventaja respecto a lo que había en la Constitución anterior, ya que no será la empresa privada interesada en la explotación de los recursos naturales la que realizará esa consulta, sino que tendrá que ser el Estado quien la realice entre las comunidades que podrían verse afectadas por la extracción de recursos naturales no renovables.

Y el consentimiento, en caso de que no sea aceptado, será procesado por una instancia superior.

Lamentablemente no quedó claramente establecido lo del consentimiento previo.

Pero indirectamente las comunidades y pueblos indígenas podrán otorgar ese consentimiento en la medida en que la Constitución ha incorporado como un texto adicional todos los instrumentos internacionales, como la Carta de Naciones Unidas de los Pueblos Indígenas, en la que se establece la necesidad de consulta y consentimiento previo.

Algunos se lamentan de que, mientras por un lado se protege el medio natural, por otro la Constitución da potestad al presidente para aprobar la extracción de recursos en áreas protegidas en casos de necesidad.

Este asunto tiene que ver con la disputa del sentido histórico del régimen de desarrollo del país.

Terra/BBC Mundo

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